Empleados, consultantes y voluntarios del Head Start para Migrantes de Illinois del Departamento de Servicios Humanos y todas sus agencias delegadas deben obedecer el siguiente código de conducta:
Este código no constituye una lista exhaustiva de expectativas sobre el comportamiento de empleados. El fracaso en la observación de este código de conducta puede conducir a una acción disciplinaria incluyendo la terminación del empleo. Si el empleo es terminado por la agencia, el empleado no será elegible para ser re-empleado, excepto bajo circunstancias inusuales, con la aprobación del Comité o Concilio de Politicas y la Mesa Directiva.
Declaración del Empleado/Consultante/Voluntario:
He leído y estoy de acuerdo en obedecer las Normas de Conducta del Head Start para Migrantes de Illinois.
Firmado & Fechada
Illinois Department of Human ServicesJB Pritzker, Governor · Dulce M. Quintero, Secretary Designate
IDHS Office Locator
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